La SEC publica nuevas preguntas y respuestas sobre criptoactivos y contratos de inversión

Resumen del mercado generado por IA
El personal de Finanzas Corporativas de la SEC emitió un nuevo documento de preguntas y respuestas que aclara cuándo los criptoactivos y las actividades relacionadas pueden constituir un "contrato de inversión", con orientación específica sobre los tokens de liquid staking, las recompras de tokens, el desarrollo de protocolos, el marketing y las plataformas de mercado secundario. El documento sugiere que algunas estructuras pueden ser tratadas como materias primas digitales en sistemas funcionales, mientras que las recompras planteadas en términos de beneficios y ciertas conductas promocionales pueden suscitar preocupaciones en relación con Howey. Esto reduce la incertidumbre legal, pero aumenta la sensibilidad en materia de cumplimiento en DeFi y en los tokens relacionados con el staking.
Nivel de impacto
● Alto
Activos afectados
ETH/USDT+0.15%
Ideas de IA · ETH/USDTIdeas de IA
● Neutral
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El personal de la Comisión de Bolsa y Valores de EE. UU. (SEC) ha publicado hoy una nueva guía de preguntas y respuestas sobre la aplicación de las leyes federales de valores a los criptoactivos. El documento detalla en qué circunstancias los tokens de liquid staking, las recompras de tokens, las actividades de desarrollo de protocolos y las iniciativas de marketing de proyectos cripto pueden constituir "contratos de inversión". Según el área de Corporate Finance de la SEC, los staking receipt tokens —que representan la titularidad de una mercancía digital— pueden considerarse un "instrumento digital" bajo determinadas condiciones. En cambio, los tokens de staking emitidos por un proveedor de liquid staking basado en protocolos pueden clasificarse como "mercancía digital" si están vinculados a la actividad programática de un sistema criptográfico funcional y su valor proviene de la dinámica de oferta y demanda. La guía incluye una valoración destacada sobre los programas de recompra de tokens. El personal de la SEC señala que, en un sistema de criptomonedas ya operativo, el anuncio de una recompra de un token que no sea valor no se consideraría por sí mismo un "esfuerzo directivo esencial" en el que los inversores basen sus expectativas de beneficio. La evaluación puede variar si el protocolo aún no es funcional. La SEC añade que, si el equipo del proyecto presenta la recompra como un mecanismo que genera rentabilidad o beneficios para los tenedores, ese elemento podría apuntalar la existencia de un contrato de inversión conforme al test de Howey. La SEC también precisa que acciones como asegurar, mantener, desarrollar y mejorar un sistema cripto ya establecido, o conceder y desarrollar fondos para ampliar el impacto de la red, por lo general no constituyen "esfuerzos de gobernanza esenciales". El marco interpretativo de la SEC, publicado en marzo de 2026, ya apuntaba que los criptoactivos pueden no ser valores por sí mismos, aunque podrían formar parte de un contrato de inversión en función de determinadas condiciones de venta y marketing. En el apartado dedicado al marketing, se indica que presentar simplemente los casos de uso actuales y las funcionalidades de un sistema criptográfico no debería, en principio, constituir un contrato de inversión. Del mismo modo, describir funciones futuras en términos generales y no vinculantes no se consideraría un compromiso de esfuerzos de gestión fundamentales, salvo que se prometa a los inversores un potencial de beneficio. Los responsables del regulador también señalan que, en un sistema cripto que no sea plenamente funcional y carezca de un mecanismo de control centralizado, por lo general no se espera que anuncios posteriores del emisor del token creen un nuevo contrato de inversión, dado que el emisor u otros actores ya no tendrían control suficiente para determinar el éxito o el fracaso del sistema. Las directrices abordan igualmente las transacciones en mercados secundarios. Se indica que una plataforma de negociación que ofrezca un mercado secundario para un criptoactivo no se considerará automáticamente un "promotor" por ese mero hecho; la plataforma debe encajar en la definición de promotor según la Regla 405 de la Ley de Valores. Con este nuevo comunicado, la SEC aporta un marco más detallado para áreas debatidas desde hace años en la industria, especialmente sobre cómo evaluar, bajo la normativa de valores, el liquid staking, las recompras de tokens y el trabajo de desarrollo continuado en protocolos descentralizados. *Esto no es asesoramiento de inversión. Seguir leyendo: ÚLTIMA HORA: la SEC publica un documento relevante sobre criptomonedas