El Salvador flexibiliza la residencia temporal y ofrece un 0% de impuestos sobre rentas del exterior y ganancias en Bitcoin

Mars Finance informa de que El Salvador sigue ajustando su marco migratorio con el objetivo de atraer talento y capital extranjeros de alto patrimonio, incluidas familias. El Decreto n.º 531, que entrará en vigor el 31 de marzo de 2026, rebaja la exigencia de permanencia para los residentes temporales: pasa de un mínimo obligatorio de 9 meses al año en el país a 90 días al año, ya sean acumulados o consecutivos. La medida apunta especialmente a emprendedores, inversores y trabajadores en remoto que necesitan movilidad transfronteriza frecuente. En materia fiscal, El Salvador se presenta como una de las jurisdicciones más competitivas de América Latina para personas con ingresos de fuente extranjera. El país aplica un sistema tributario territorial, por el que solo tributan las rentas generadas dentro de El Salvador. Una reforma relevante del impuesto sobre la renta en 2024 dejó más explícito que tanto residentes como no residentes están exentos de pagar IR sobre la totalidad de los ingresos procedentes del exterior. En la práctica, autónomos y profesionales remotos —como creadores de contenido, desarrolladores o emprendedores que facturan fuera— pueden aplicar un tipo del 0% en El Salvador sobre sus ingresos internacionales, sin límites de cuantía. Además, la normativa salvadoreña no grava las plusvalías derivadas de Bitcoin. El país tampoco aplica impuesto sobre el patrimonio, ni impuesto de sucesiones, ni impuesto sobre donaciones. El elemento clave, subraya el informe, es cómo encaja esta estructura con la fiscalidad del país de origen del contribuyente. En general, muchos Estados no renuncian con facilidad a gravar a sus residentes fiscales y suelen revisar y hacer cumplir con rigor los criterios de residencia a efectos tributarios.