El Salvador flexibiliza la residencia y mantiene un 0% de impuestos sobre rentas del exterior y ganancias en Bitcoin

Según BlockBeats, El Salvador sigue ajustando su marco migratorio para atraer talento y capital extranjero de alto patrimonio, incluidas familias. El Decreto n.º 531, que entrará en vigor el 31 de marzo de 2026, rebaja la exigencia de permanencia para residentes temporales: de 9 meses al año de presencia obligatoria en el país a solo 90 días anuales, de forma acumulada o consecutiva. La medida está orientada a emprendedores, inversores y trabajadores en remoto con necesidad de movilidad transfronteriza. En el plano fiscal, El Salvador ofrece uno de los regímenes más favorables de Latinoamérica para quienes obtienen ingresos fuera del país. Opera con un sistema tributario territorial, por el que solo tributan las rentas generadas dentro de El Salvador. La reforma del IRPF de 2024 reforzó este enfoque al precisar que tanto residentes como no residentes quedan exentos del impuesto sobre la renta de fuente extranjera. En la práctica, autónomos y profesionales remotos —como creadores de contenido, desarrolladores y emprendedores con ingresos en el exterior— pueden aplicar un tipo del 0% en El Salvador sobre esas rentas, sin límite monetario. Además, la legislación local no grava las plusvalías vinculadas a Bitcoin y el país no aplica impuesto sobre el patrimonio, sucesiones ni donaciones. El punto clave, subraya el informe, es si el país de origen del contribuyente reconoce este encaje: muchas jurisdicciones no suelen renunciar a gravar a sus residentes fiscales y tienden a intensificar la supervisión y la aplicación de normas sobre residencia fiscal.